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¿Sospechas que puedes tener una alergia laboral?

Alergia Laboral

Es importante abordar las alergias laborales de manera adecuada, ya que la exposición continua a los alérgenos puede empeorar los síntomas y afectar negativamente la calidad de vida y la salud en general.

¿Qué es una alergia laboral?

La Alergia es aquella reacción que se produce como consecuencia de una respuesta anómala del sistema inmunológico ante una sustancia o agente sensibilizante que recibe el nombre de “alérgeno”.

Cuando el alérgeno procede del ámbito laboral estamos ante la Alergia Ocupacional, Laboral o Profesional.

Alergias laborales más habituales

Rinitis

Dermatitis

Asma

Urticaria

El Asma ocupacional es la enfermedad respiratoria más frecuente de los países desarrollados, estimándose que puede ocasionar hasta el 25% de todos los casos de asma aparecida en la edad adulta.

Las Dermatitis Profesionales representan el 30% de las enfermedades relacionadas con el trabajo.
En ocasiones una Alergia Laboral puede ocasiones cuadros graves que pueden llegar a comprometer la vida del trabajador: ANAFILAXIA.

Nuestros objetivos

1) Diagnosticar la alergia a agentes presentes en el puesto de trabajo de una forma exacta y precoz, para evitar la progresión de la enfermedad a formas graves.

2) Determinar la relación entre la alergia y la actividad laboral.

3) Informe pericial de enfermedad profesional.

Profesiones con riesgo de enfermedades profesionales alérgicas

Una alergia laboral puede aparecer en actividades de todos los sectores económicos.

Sector primario: agricultura, ganadería, pesca, minería, trabajadores forestales.

Sector industrial: trabajadores de la construcción, metalurgia, madera, plástico y caucho, resinas, artes gráficas, industria de la pintura, industria farmacéutica, industria alimentaria…

Sector servicios: trabajadores sanitarios, peluquería y estética, personal de limpieza, veterinarios, personal de investigación, Odontólogos y protésicos dentales, Fisioterapeutas, trabajadores de la limpieza, cocineros y manipuladores de alimentos, jardineros y horticultores…

Consecuencias de un diagnóstico tardío de alergia laboral:

1) Consecuencias para la salud de los trabajadores:

  • Rinitis y Asma: evolución de síntomas leves a graves:

La Rinitis se convertirá en Asma (Asma Ocupacional), un Asma leve evolucionará a grave y se cronificará, y un Asma preexistente empeorará (Asma Exacerbado por el Trabajo)

  • Dermatitis crónica
  • Enfermedad potencialmente fatal: cualquier forma de Alergia puede derivar en patología que comprometa la vida del trabajador: Anafilaxia.

2) Consecuencias laborales, legales y económicas:

Las Alergias Laborales están reconocidas como ENFERMEDADES PROFESIONALES por el Sistema Público de Salud, y conllevarán la INCAPACIDAD LABORAL del trabajador.

  • Incapacidad Temporal por enfermedad profesional.
  • Incapacidad Permanente Total para el puesto de trabajo o profesión que venía desempeñando.
  • Incapacidad Permanente Absoluta por limitaciones derivadas de formas crónicas de enfermedad alérgica.
  • Indemnizaciones por secuelas derivadas de un diagnóstico tardío (daños y perjuicios).

¿Cómo podemos ayudarle?

Aplicación de protocolos de salud laboral específicos para la prevención de enfermedades alérgicas laborales.

Estudio Médico Especializado:

Historia clínica laboral:

  • Identificación de factores de riesgo y síntomas de sospecha de enfermedad profesional.

Pruebas diagnósticas:

  • Diagnóstico precoz de la enfermedad.
  • Estudio de alergia a componentes específicos del puesto de trabajo.
  • Estudio del componente laboral.

Informe:

  • Análisis de resultados y conclusiones en la relación de causalidad entre la enfermedad y el ambito laboral

Beneficios

Mejora en el plan de protección integral de la salud de los trabajadores, adhiriéndose así al principio de mejora continua deseable para conseguir un entorno de trabajo lo más seguro posible para el trabajador.

Protección frente a posibles reclamaciones de responsabilidad por una inadecuada vigilancia de la salud de los trabajadores (artículo 22 de la ley 31/1995 de 8 de Noviembre de prevención de riesgos laborales (LPRL).

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